Minería ilegal: Sunat exigirá reportar en 24 horas el robo o pérdida de mercurio y otros químicos
La nueva norma crea un registro diario de operaciones, amplía las facultades de fiscalización de la entidad y busca impedir que sustancias utilizadas en la minería formal sean desviadas hacia actividades ilegales. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) puso en marcha un nuevo paquete de obligaciones para reforzar el control sobre los insumos químicos que pueden utilizarse en la actividad minera, pero que también pueden ser desviados hacia la minería ilegal. La medida desarrolla las disposiciones de la Ley N.° 32412 y establece cómo deberán registrar sus operaciones las empresas y usuarios autorizados para comercializar, transportar, almacenar o utilizar sustancias como mercurio, cianuro e hidrocarburos. Uno de los principales cambios es que los usuarios estarán obligados a comunicar a la Sunat, en un plazo máximo de un día calendario desde que tomen conocimiento del hecho, cualquier pérdida, derrame, excedente, desmedro o robo de estos insumos. La comunicación tendrá carácter de declaración jurada y deberá realizarse mediante la plataforma virtual de la entidad. La Resolución de Superintendencia N.° 000135-2026 busca reducir el riesgo de que estas sustancias, pese a tener usos legítimos en diversas actividades económicas, sean utilizadas en la extracción ilegal de oro. El mercurio, por ejemplo, se emplea para separar el oro del material extraído, mientras que el cianuro se utiliza en procesos industriales para recuperar el mineral. Registro diario y trazabilidad: así funcionará el nuevo control sobre mercurio y combustibles La regulación crea el Registro Diario de Operaciones, una herramienta con la que la administración tributaria busca mantener la trazabilidad de los insumos químicos desde su ingreso al mercado hasta su uso final. Con la entrada en vigencia de la norma, los usuarios deberán registrar diariamente los movimientos de estos productos en cada uno de sus establecimientos. Luego, esa información deberá presentarse de forma consolidada cada mes mediante SUNAT Operaciones en Línea. La obligación alcanza a prácticamente toda la cadena de comercialización. Deberán registrar sus operaciones quienes compren, importen, vendan, exporten, produzcan, consuman, almacenen o transporten insumos químicos fiscalizados.
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